Política de Cobranza

Empresa: MAX COL S.A.S

NIT: 901.870.215-7

Ubicación: Colombia

Fecha de emisión: 28 Abril 2025

1. Objetivo

Establecer los lineamientos y procedimientos para una gestión eficiente de la cartera, que permita garantizar la recuperación oportuna de los recursos adeudados a MAX COL S.A.S, minimizando el riesgo de incobrabilidad.

2. Alcance

Esta política aplica a todas las áreas y personas responsables de realizar actividades de facturación, cobro y seguimiento de cartera a clientes y terceros de MAX COL S.A.S.

3. Principios Generales

  • Oportunidad: Realizar el cobro inmediatamente después de vencido el plazo acordado.
  • Comunicación: Mantener informado al cliente sobre el estado de su deuda.
  • Formalidad: Toda gestión de cobro debe quedar debidamente documentada.
  • Legalidad: Actuar conforme a la ley colombiana y los contratos pactados con los clientes.

4. Procedimiento de Cobranza

4.1. Facturación

Toda venta deberá ser facturada de manera inmediata y entregada al cliente junto con los términos de pago.

4.2. Seguimiento

  • Día 1: Envío de recordatorio antes del vencimiento.
  • Día 5: Llamada telefónica al cliente.
  • Día 10: Segundo aviso por correo electrónico.
  • Día 15: Notificación formal escrita.
  • Día 30: Remisión a jurídico o cobro prejurídico.

5. Políticas de Acuerdo de Pago

En caso de dificultades de pago justificadas, el cliente podrá solicitar un acuerdo de pago, el cual debe ser aprobado por la gerencia general y documentado mediante compromiso firmado con plazos definidos y condiciones claras.

6. Sanciones y Repercusiones

El incumplimiento reiterado de los acuerdos de pago facultará a MAX COL S.A.S a suspender servicios, aplicar intereses de mora según lo permitido por ley y proceder con acciones legales para la recuperación de la cartera.

7. Responsables

El área contable y administrativa será responsable del seguimiento de cartera, elaboración de reportes mensuales, y ejecución de los procedimientos de cobro.

8. Vigencia y Revisión

Esta política entra en vigencia a partir de su aprobación y será revisada anualmente o cuando se presenten cambios significativos en la normatividad o en las condiciones financieras de la empresa.